Leyes que no se cumplen

Es verdad que los candidatos han señalado que sus carteles no llaman a votar, amparándose en que la ley dispone que la propaganda electoral es aquella dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por uno o más candidatos, pero también es cierto que al señalar todos ellos el cargo respectivo (senador, diputado y Presidente), obviamente no nos están llamando a tomar leche. Sin embargo, en general la falta no se denuncia y de denunciarse no está siendo aplicada la sanción a la infracción por los jueces de policia local respectivos.
¿Quién está encargado de hacer cumplir la ley en este caso? Carabineros de Chile y para ello deberá proceder de oficio, es decir, por iniciativa propia, o bien, a petición de cualquier persona, a retirar o suprimir la propaganda electoral que infrinja la ley, dando cuenta al Juez de Polícia Local respectivo. Además las Municipalidades deberán proceder, de oficio o a petición de parte, a retirar u ordenar el retiro de toda propaganda electoral que se realice con infracción a lo dispuesto en la ley.
¿Qué puede hacer usted como ciudadano frente a esto? Concurrir a Carabineros o directamente al Juez de Polícia Local del lugar en que se ha cometido la infracción, siempre que éste sea abogado, sino ante el más cercano que sea abogado.
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