2005/10/07

Leyes que no se cumplen

Definitivamente en Chile hay leyes que no se cumplen, esto pese al caracter obligatorio y coercitivo que quienes enseñamos el derecho reconocemos como características distintivas de las normas legales. Un ejemplo claro de esto lo observamos cada día en nuestras ciudades con la propaganda electoral, que de acuerdo a la Ley de Elecciones sólo puede hacerse 30 días antes de las elecciones, en este caso desde el 11 de noviembre y hasta el 08 de diciembre, de acuerdo al Servicio Electoral.
Es verdad que los candidatos han señalado que sus carteles no llaman a votar, amparándose en que la ley dispone que la propaganda electoral es aquella dirigida a inducir a los electores a emitir su voto por uno o más candidatos, pero también es cierto que al señalar todos ellos el cargo respectivo (senador, diputado y Presidente), obviamente no nos están llamando a tomar leche. Sin embargo, en general la falta no se denuncia y de denunciarse no está siendo aplicada la sanción a la infracción por los jueces de policia local respectivos.
¿Quién está encargado de hacer cumplir la ley en este caso? Carabineros de Chile y para ello deberá proceder de oficio, es decir, por iniciativa propia, o bien, a petición de cualquier persona, a retirar o suprimir la propaganda electoral que infrinja la ley, dando cuenta al Juez de Polícia Local respectivo. Además las Municipalidades deberán proceder, de oficio o a petición de parte, a retirar u ordenar el retiro de toda propaganda electoral que se realice con infracción a lo dispuesto en la ley.
¿Qué puede hacer usted como ciudadano frente a esto? Concurrir a Carabineros o directamente al Juez de Polícia Local del lugar en que se ha cometido la infracción, siempre que éste sea abogado, sino ante el más cercano que sea abogado.

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